Manual sobre Sostenibilidad para Negociadores Comerciales: Aprovechando el Potencial de los Acuerdos de Comercio e Inversión para Alcanzar Objetivos Ambientales
Los acuerdos bilaterales y regionales de comercio e inversión tienen un gran potencial que todavía no ha sido explotado para facilitar la transición hacia una economía verde y para cumplir con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Los negociadores están reconociendo este potencial para contribuir al cumplimiento de los objetivos ambientales a nivel nacional e internacional. En los últimos años, varios acuerdos notables han ampliado los límites en áreas tan diversas como las subsidios a la pesca[1], el comercio de productos verdes[2] y la conservación de especies en riesgo[3]. Estos tratados innovadores no solo han influido en los posteriores acuerdos regionales, sino que también están contribuyendo al progreso a nivel multilateral, tal como sucedió cuando el trabajo sobre productos verdes en la Cooperación Económica de Asia-Pacífico (por sus siglas en inglés, APEC) activó las negociaciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC) del acuerdo sobre productos verdes[4].
También existe la posibilidad de que haya importantes impactos negativos, particularmente cuando vamos más allá de las disposiciones estrictamente ambientales para observar aquellos elementos que afectan al medio ambiente: las reglas comerciales “tras bambalinas” que restringen cómo los Estados regulan en áreas tales como inversión, derechos de propiedad intelectual, servicios, contratación pública y subsidios. El comercio y la inversión —y los acuerdos que los rigen— tienen un gran potencial de cambio en términos económicos. Los cambios estructurales provocados por el comercio y la inversión pueden ayudar a dirigir las economías hacia una mayor eficiencia y a una diseminación más amplia de tecnologías ambientalmente amigables. Pero también pueden perpetuar e intensificar las inversiones en actividades económicas contaminantes e intensivas en términos de recursos, y que desalientan la adopción de regulaciones beneficiosas. De esta manera, argumentamos que las normas de comercio e inversión deben ir más allá de esfuerzos positivos, tales como la liberalización de los productos verdes, para también brindar a los gobiernos nacionales una mayor flexibilidad jurídica para proteger adecuadamente el medio ambiente. Para ayudar a los formuladores de políticas a elaborar acuerdos de comercio e inversión que apoyen los objetivos de desarrollo sostenible, el Instituto Internacional para el Desarrollo Sostenible (IISD) y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) crearon el Manual sobre Sostenibilidad para Negociadores Comerciales. Lanzado en marzo de 2017 en las Reuniones Ministeriales de la Alianza para la Acción hacia una Economía Verde (por sus siglas en inglés, PAGE)[5], este conjunto de herramienta muestra cómo disposiciones específicas contenidas en los acuerdos podrían servir mejor a estos objetivos amplios, y se citan más de 200 ejemplos de texto extraídos de 90 acuerdos existentes.
Los diferentes Estados encontrarán distintas respuestas apropiadas en torno al nexo entre las políticas ambientales y las políticas de comercio e inversión. Este manual garantiza que los negociadores de acuerdos de comercio e inversión al menos puedan ser conscientes de sus opciones para elaborar las disposiciones ambientales.
Diseñada como una guía de referencia de fácil uso, el manual puede ayudar a los negociadores que ya tienen conocimientos sobre estos temas, a encontrar respuestas rápidas a preguntas específicas. Brinda, asimismo, una descripción de cada tema, luego discute las opciones y presenta ejemplos de tratados modelo o ya existentes. Por ejemplo, cubre las tendencias emergentes en torno a las responsabilidades y obligaciones de los inversores y proporciona ejemplos de cláusulas relativas al cumplimiento de los inversores con las leyes y regulaciones del Estado receptor sobre medio ambiente, trabajo, impuestos y anti-corrupción. Teniendo en cuenta que los tratados de inversión no deberían estar diseñados para menoscabar el papel que juegan las leyes nacionales aplicables a los inversores, pueden contribuir a subsanar los vacíos y fomentar el cumplimiento. Esto puede lograrse, por ejemplo, limitando el acceso a arbitraje en determinados casos de incumplimiento, o permitiendo la presentación de contrademandas (véase por ejemplo, el Artículo 11 del Modelo de Tratado Bilateral de Inversión [TBI] de India)[6].
El manual ofrece también una amplia cobertura de temas clave. Comienza enmarcando las preguntas que los formuladores necesitarán considerar: ¿qué clase de arquitectura, que clase de compromisos? Posteriormente, examina disposiciones que son estrictamente de naturaleza ambiental, tales como el tratamiento de normas ambientales, en relación con los acuerdos ambientales multilaterales. Después, considera aquellos aspectos del texto del tratado que no son explícitamente ambientales, pero que pueden tener un impacto significativo en el medio ambiente y las regulaciones ambientales: inversión, contratación pública, servicios y derechos de propiedad intelectual. Para terminar, observa el proceso de concepción, negociación e implementación de los acuerdos regionales de comercio e inversión (regional trade and investment agreements, RTIAs). El manual será actualizado periódicamente a medida que los nuevos tratados ofrezcan enfoques interesantes a los temas cubiertos.
Los flujos de comercio e inversión no son un fin en sí mismo, sino que son medios para llegar a un fin: mayor bienestar humano. Toda definición concebible de bienestar humano debe ir más allá del patrimonio personal inmediato para incluir, entre otras cosas, la preservación de los servicios ambientales que respaldan nuestra economía y el desarrollo futuro. Así, si la legislación y las políticas de comercio e inversión han de alcanzar su potencial pleno para aumentar el bienestar humano, deben estar alineadas con las prioridades que van más allá del simple incremento de los flujos de bienes, servicios y fondos.
Autor
Aaron Cosbey es economista sobre desarrollo y socio senior del IISD con más de 25 años de experiencia en las áreas de comercio, inversión y desarrollo sostenible. Texto traducido al español por María Candela Conforti.
Notas
[1] Acuerdo de Asociación Trans-Pacífico [TPP], Art. 20.16(5). Extraído de http://www.iisd.org/toolkits/sustainability-toolkit-for-trade-negotiators/wp-content/uploads/2016/06/TPP-Final-Text-Environment.pdf#page=15.
[2] Tratado de libre comercio (TLC) entre Nueva Zelanda y Taiwán, Capítulo 17, Art. 3.2(a). Extraído de http://www.iisd.org/toolkits/sustainability-toolkit-for-trade-negotiators/wp-content/uploads/2017/04/NZ-Taiwan-FTA.pdf#page=185.
[3] TPP, supra nota 1, Art. 20.17. Extraído de http://www.iisd.org/toolkits/sustainability-toolkit-for-trade-negotiators/wp-content/uploads/2016/06/TPP-Final-Text-Environment.pdf#page=18.
[4] Cooperación Económica de Asia-Pacífico (APEC). (2012). 20th APEC Economic Leaders’ Declaration, Vladivostok, Russia, Annex C, APEC List of Environmental Goods. Extraído de http://www.iisd.org/toolkits/sustainability-toolkit-for-trade-negotiators/wp-content/uploads/2016/09/2012_AELM_Declaration_AnnexC.pdf.
[5] http://www.un-page.org/events/page-ministerial-conference-2017.
[6] Texto del Modelo de Tratado Bilateral de Inversión (TBI) de India, Art. 11. Extraído de http://www.iisd.org/toolkits/sustainability-toolkit-for-trade-negotiators/wp-content/uploads/2016/06/ModelBIT_Annex.pdf#page=11.