Comisión Europea lanza guía para control de IED en respuesta a pandemia mundial

El 25 de marzo del 2020, la Comisión Europea publicó una guía  para los Estados Miembros sobre el control de la IED frente a la pandemia por el COVID-19, enfocándose pero no limitándose a las industrias relacionadas con la salud.

La nueva guía llega un año después del lanzamiento del nuevo marco de la Unión Europea para controlar la IED, el cual está programado a entrar en vigor en octubre del 2020. El marco de 2019 permite a los Estados miembros bloquear o colocar restricciones sobre las transacciones de inversión que, según consideren, sean una amenaza para “infraestructura fundamental, tecnologías esenciales, el abastecimiento de insumos fundamentales tales como energía o materias primas, acceso a información sensible o la capacidad de controlar información o la libertad o pluralismo de los medios de comunicación”, según una ficha temática lanzada el año pasado.

Según la Comisión, la pandemia ha “aumentado el riesgo potencial para industrias estratégicas, en particular pero bajo ningún concepto limitado a las industrias relacionadas con el cuidado de la salud” y urge a los Estados miembros que garanticen que la crisis “no provoque la liquidación de empresas y actores industriales europeos, incluyendo Pymes” . La guía también identifica el peligro potencial de una “compra predatoria” de activos estratégicos “en miras a limitar el abastecimiento al mercado de la UE”.

La guía destaca que la responsabilidad recae sobre los Estados miembros para que hagan total uso de sus actuales mecanismos de control de la IED a fin de “tomar debida cuenta de los riesgos a la infraestructura sanitaria esencial, el abastecimiento de insumos fundamentales y a otros sectores esenciales, tal como lo prevé el marco jurídico de la UE”. Catorce Estados miembros actualmente han establecido mecanismos de control de la IED. La guía además urge a los 13 Estados miembros que todavía no han establecido mecanismos de control de IED a hacerlo, y mientras tanto a utilizar otras opciones de políticas disponibles en aquellos casos donde la adquisición extranjera de una empresa o activo crearía un riesgo para la infraestructura sanitaria esencial.

La guía establece que mientras que las inversiones de cartera tienen menos probabilidad de presentar un riesgo a la seguridad, también pueden estar sometidas al control si esto se realizar de conformidad con las disposiciones del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) sobre el libre movimiento de capital, las cuales permiten restricciones destinadas a abordar inquietudes de seguridad y políticas públicas, incluyendo la salud pública.

La guía concluye destacando que las restricciones sobre el movimiento de capital de terceros países pueden estar sujetas a mayores justificaciones.